Hace unos días podíamos encontrar en El País una noticia sobre los archivos digitalizados de la hemeroteca de los periódicos en la que se hablaba sobre una petición para eliminar nombres y apellidos de las noticias que ya han pasado. La situación controvertida se daba cuando dos detenidos por tráfico de drogas que ya habían cumplido su condena buscaban su nombre en Google y aparecía un link directo a la noticia del caso, más de 20 años después de que el delito hubiese sido cometido.
Las hemerotecas de los periódicos han ayudado a preservar y archivar las noticias de años pasados a través de una digitalización de las mismas, haciendo así más fácil la labor de los usuarios a la hora de recuperar información, ya que antes sólo tenían la posibilidad de acceder a ella acudiendo a un centro (ya fuera una biblioteca o un archivo) que guardase los periódicos en formato físico.
Vemos cómo en la noticia entran en juego dos tipos de derechos diferentes: el derecho a la información que poseemos todos los ciudadanos y el derecho a la intimidad y el honor del afectado, junto con el derecho al olvido digital. Vivimos en una época en la que todas las acciones que realizamos en internet dejan un rastro y en la que los documentos que compartimos en internet y redes sociales quedan (la gran mayoría) expuestos a una posterior localización.
Sin duda alguna las hemerotecas de los periódicos son una fuente de información inmensa que guardan noticias de años en los que no podíamos acceder a ellas, ejerciendo así una labor de archivo o base de datos donde poder acceder a la información, ofreciéndola además en formato digital para conseguir llegar a un mayor número de personas. También es cierto que exponer ciertos documentos viola directamente la protección de datos personales en algunos casos como el que se ha expuesto previamente.
Personalmente creo que las hemerotecas son secciones muy importantes y que cumplen una labor fundamental a la hora de almacenar documentos, pero existen problemas como los de la protección de datos que tienen que resolverse, bien sea eliminando los nombres de los afectados o haciendo uso de iniciales para que no sean reconocibles.
La noticia concluye con una sentencia que aboga por el uso de medidas tecnológicas para que los documentos de las hemerotecas no sean localizados a través de buscadores como Google y sólo puedan ser recuperados a través de la propia hemeroteca. ¿Soluciona esto los problemas con el derecho al olvido y la protección de datos? ¿Es la mejor medida que se puede adoptar? ¿Plantea esto un problema a la hora de seleccionar qué noticias se deben incluir, y si los documentos deben ser modificados? ¿Dificultaría este proceso la recuperación de la información?
Garazi Sastre